Reduce el desperdicio alimentario con un plan de prevención
O.E.C.R.A. Oficina Española de Control Residual de Alimento
Certificamos tu empresa para que cumpla con los requisitos de la Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, para evitar la pérdida de alimentos en toda la cadena alimentaria, desde la cosecha hasta el consumo.
La Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario obliga, bajo un régimen sancionador de carácter administrativo, a evitar la pérdida de alimentos en toda la cadena alimentaria, desde la cosecha hasta el consumo.
Las empresas que de una manera u otra participan de la “cadena alimentaria” deberán contar con un plan de prevención para adoptar las medidas que minimicen las pérdidas conforme a una jerarquía de destinos. En concreto, la Ley establece una prelación en el destino que las empresas del sector deberán dar a los alimentos para evitar su desperdicio. La prioridad máxima será siempre el consumo humano, a través de la donación o redistribución de alimentos.
Para la donación de los excedentes de alimentos, los agentes de la cadena deberán suscribir convenios de colaboración con empresas, entidades de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro o bancos de alimentos. En estos acuerdos se deberán recoger de forma expresa las condiciones de recogida, transporte y almacenamiento de los productos, entre otras cuestiones.
Las entidades de iniciativa social que sean receptoras de donaciones deberán garantizar la trazabilidad de los productos donados mediante un sistema de registro de entrada y salida de los alimentos recibidos y entregados. Sólo podrán destinar estos productos a la donación, sin que en ningún caso puedan comercializarlos, y deberán realizarla sin ningún tipo de discriminación entre los beneficiarios.
En el segundo orden de prioridades se contempla la transformación de los alimentos que no se hayan vendido, pero que mantengan sus condiciones óptimas de consumo, en productos como zumos o mermeladas, entre otros. Cuando los alimentos ya no sean aptos para el consumo humano, la preferencia de uso será, por este orden, la alimentación animal y fabricación de piensos; el uso como subproductos en otra industria ya como residuos, y la obtención de compost o biocombustibles.
Las empresas de hostelería tendrán la obligación de facilitar al consumidor que pueda llevarse, sin coste adicional alguno, los alimentos que no haya consumido –salvo en los establecimientos tipo bufé libre o similares-. Para ello deberán disponer de envases aptos para el uso alimentario, que sean reutilizables o fácilmente reciclables.
Para quienes venden alimentos en pequeñas o grandes superficies la ley establece medidas de buenas prácticas para la administración y los distintos eslabones de la cadena que eviten el desperdicio de alimento, como por ejemplo que los establecimientos comerciales dispongan de líneas de venta productos “feos, imperfectos o poco estéticos; promover el consumo de productos de temporada, de proximidad o ecológicos. Así mismo, la ley apela a incentivar la venta de productos con la fecha de consumo preferente o de caducidad próxima, de acuerdo con la jerarquía de prioridades de uso.
Las sanciones con las que pueden castigarse a las empresas que intervienen en la cadena alimenticia pueden ser leves, graves o muy graves. Las cuantías de las multas van, según el tipo de infracción, de los 2.000 a los 500.000 euros, pudiendo ir acompañadas de medidas de inhabilitación.
Las sanciones no sólo afectan a las empresas que forman parte del “sector alimentario”, sino también a las asociaciones sin ánimo de lucro que, de una u otra manera, puedan aprovechar los alimentos sobrantes.
La motivación de la Ley
El desperdicio de alimentos es consecuencia de un funcionamiento ineficiente de los sistemas alimentarios. Sus causas están relacionadas con errores en la planificación y calendario de cosecha, empleo de prácticas de producción y manipulación inadecuadas, deficiencia en las condiciones de almacenamiento, malas técnicas de venta al por menor y prácticas de los proveedores de servicios, y comportamiento inapropiado de los consumidores.
El despilfarro alimentario perjudica al conjunto de la sociedad, porque encarece el acceso a bienes de primera necesidad, malgasta recursos naturales escasos que se utilizan en la producción y el trabajo de agricultores y ganaderos, aumenta los residuos y el impacto ambiental, y lastra la eficiencia del sector productivo y su competitividad. Esta ley trata de orientar hacia un sistema de producción más eficiente, que enfoque al desarrollo de una economía circular.
Para que la ley tenga éxito en la consecución de sus objetivos necesita de la implicación del conjunto de la cadena alimentaria y de la sociedad en general. Por ello, el procedimiento de elaboración de la norma ha procurado reunir la máxima participación. El anteproyecto de ley fue aprobado en primera lectura por el Consejo de ministros el pasado 11 de octubre, y posteriormente se sometió al trámite de audiencia pública.
Además, se han realizado cuatro foros participativos dedicados de forma especializada a consumidores y ONGs (11 de noviembre de 2021 en Valencia), distribución y canal Horeca (24 de noviembre de 2021 en Barcelona), industria (26 de enero de 2022 en Pamplona) y sector primario (18 de marzo de 2022 en Cáceres).
Tras analizar las aportaciones en el trámite de audiencia y las conclusiones de los foros, se han tenido en cuenta gran parte de ellas. Entre las modificaciones introducidas destacan las definiciones para clarificar los conceptos, la flexibilización de la jerarquía de prioridades, la reducción de las obligaciones y el importe de las sanciones para apostar más por las buenas prácticas y la eliminación de la posibilidad de donar o comercializar alimentos con fecha de consumo preferente sobrepasada.
Función de la Oficina Española de Aprovechamiento Alimentario
La O.E.C.R.A. tiene como misión estudiar cada empresa del sector de alimentario que sea asociado, diseñar un plan de prevención para el aprovechamiento alimentario y, de forma recurrente, auditar a las empresas asociadas.
Su fundación obedece a la necesidad que tienen las empresas que se dedican al sector de la alimentación de cumplir con la normativa de aprovechamiento alimentario, evitando las cuantiosas sanciones que pueden sufrir a causa de esta Ley. En este sentido, la O.E.C.R.A. garantiza, en los términos que se estipulan en la adhesión de las empresas a la O.E.C.R.A., que las empresas no sufrirán ninguna sanción que pueda perjudicarles.
La O.E.C.R.A. emitirá un certificado y sello de que la empresa asociada, en su caso, cumple con la normativa sobre desperdicio alimentario. Este certificado y sello será garantía del cumplimiento de las normas de la empresa frente a terceros y la Administración pública.
La O.E.C.R.A. asumirá la responsabilidad de la defensa y, en su caso, la sanción que pueda sufrir la empresa, siempre y cuando ésta contase con el sello de superación de la Auditoria y la sanción fuera impuesta por un hecho acaecido en el tiempo anterior a la emisión del sello.
También la O.E.C.R.A. impartirá a los profesionales de las empresas asociadas ciclos de formación sobre la normativa de aprovechamiento alimentario.
Por último, la O.E.C.R.A. implantará entre sus asociados medios técnicos que ayuden a medir el desperdicio alimentario. Ello con el fin de facilitar a las Administraciones Públicas la información que necesitan para la elaboración de estadísticas sobre el aprovechamiento alimentario en España.
Adhesión de las empresas
Las empresas que deseen pertenecer a la O.E.C.R.A. deberán formar parte del “sector alimentario”. Enviarán una solicitud de ingreso como asociados a la O.E.C.R.A.. Una persona de la O.E.C.R.A. se pondrá en contacto con la empresa que requiera el ingreso. A partir de ahí, se valorará la empresa según el sector al que pertenece, cuáles son los desperdicios alimentarios que puede generar, se propondrá un plan de prevención y, periódicamente, se auditará el cumplimiento de este. La O.E.C.R.A. certificará periódicamente el cumplimiento normativo de aprovechamiento alimentario por parte de la empresa.
La O.E.C.R.A. impartirá a los profesionales de las empresas asociadas ciclos de formación sobre la normativa de aprovechamiento alimentario.
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¿Quiénes somos?
Para desempeñar su cometido cuentan con profesionales del Derecho, la Alimentación, la Economía y Auditores especializados, encargados de diseñar los planes de prevención y procurar su seguimiento.
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